Kit Digital

Programa de subvenciones para autónomos y pymes.

Ahora puedes beneficiarte de hasta 2000€ con las ayudas que ofrece el Estado para autónomos y pymes a través del programa Kit Digital. Y lo más importante, no tienes que gestionar nada, me encargo yo.

¿Qué es el programa Kit Digital?

La UE ha lanzado los fondos Next Generation EU, un programa de inversión destinado a construir una Europa más moderna y sostenible. España recibirá 150.000 millones de euros para tal fin. De esa cuantía, el Gobierno ha destinado 3.067 millones con el objetivo de impulsar la digitalización de autónomos, pymes y microempresas de cualquier sector y tipología de negocio, llamándolo programa Kit Digital.

¿Qué ayuda dan para desarrollar una web?

Dentro de las ayudas destinadas a la digitalización de autónomos y pymes de hasta 49 trabajadores, la subvención que corresponde para la realización de páginas web nuevas es de hasta 2.000€. En esta cantidad no incluye el IVA que deberá correr de tu parte.

¿Qué requisitos son necesarios para optar al Kit Digital?

Para poder optar a estas subvenciones es necesario cumplir una serie de requisitos. Si no cumples alguno es posible que no concedan la ayuda por lo que tienes que prestar atención a:

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).

¿Qué tengo que hacer para conseguir la ayuda?

Práticamente nada, yo me encargo de casi todo. Hago tu web y además gestiono el trámite. Tú solo tienes que cumplir los requisitos mencionados y rellenar un cuestionario y la autorización para yo poder ir tramitando la subvención. Tienes que saber que habrá que esperar a la convocatoria si eres del segmento II (3-9 empleados) o del segmento III (0-2 empleados), que se espera que salgan entre mayo y septiembre. El 15 de marzo salió la del segmento I (10-49 empleados), por lo que si es tu caso es urgente hacerlo ya. Si estás en los segmentos II y III debes tener en cuenta que las ayudas se dan por orden de presentación, por lo que es importante tener todo preparado para presentar las solicitudes cuánto antes. No te demores. Para ello sigue los siguientes pasos:

1

Ponte en contacto conmigo.

Contacta conmigo y si lo deseas podemos concertar una reunión online o telefónica para explicarte más a fondo el proceso y resolver tus dudas. Mira en tu bandeja se SPAM si no lo recibieses.

Rellena el formulario.

Te enviaré al email que me hayas indicado, un cuestionario a rellenar para tener todo preparado lo antes posible.

2

3

Esperar a que salga la convocatoria.

Cómo te he explicado antes, habrá que esperar a que salga la convocatoria para iniciar el proceso. Te mantendré informado/a en todo momento.

Recibirás un email.

Cuando se haya publicado la convocatoria recibirás un email con un enlace web o un pdf autorellenable. Es un documento de autorización, debes firmarlo DIGITALMENTE. No es válido con rúbrica.

4

5

Presentaré la solicitud.

Una vez abierto el plazo presentaré la solicitud con los datos que me proporcionaste en el cuestionario y la autorización firmada digitalmente. Te llegará un recibo resguardo de presentación de la solicitud del Kit Digital.

Periodo de respuesta.

El Ministerio te responderá en unos 30 o 40 días después de haber recibido el recibo. A partir de ese momento comienza el periodo para realizar la web, por lo que debes ponerte en contacto conmigo lo antes posible.

6

1

Ponte en contacto conmigo.

Contacta conmigo y si lo deseas podemos concertar una reunión online o telefónica para explicarte más a fondo el proceso y resolver tus dudas.

2

Rellena el formulario.

Te enviaré al email que me hayas indicado, un cuestionario a rellenar para tener todo preparado lo antes posible. Mira en tu bandeja se SPAM si no lo recibieses.

3

Esperar a que salga la convocatoria.

Cómo te he explicado antes, habrá que esperar a que salga la convocatoria para iniciar el proceso. Te mantendré informado/a en todo momento.

4

Recibirás un email.

Cuando se haya publicado la convocatoria recibirás un email con un enlace web o un pdf autorellenable. Es un documento de autorización, debes firmarlo DIGITALMENTE. No es válido con rúbrica.

5

Presentaré la solicitud.

Una vez abierto el plazo presentaré la solicitud con los datos que me proporcionaste en el cuestionario y la autorización firmada digitalmente. Te llegará un recibo resguardo de presentación de la solicitud del Kit Digital.

6

Periodo de respuesta.

El Ministerio te responderá en unos 30 o 40 días después de haber recibido el recibo. A partir de ese momento comienza el periodo para realizar la web, por lo que debes ponerte en contacto conmigo lo antes posible.

Preguntas frecuentes

Las ayudas se dan por orden de presentación, por lo que es muy importante empezar ya con los trámites para no quedarte fuera. También te pueden denegar la ayuda si no cumples con todos los requisitos.

Es muy posible que ya esté trabajando en tu web antes de saber si te van a dar la ayuda para adelantar trabajo, por eso te pido que si no cumples alguno de los requisitos mencionados no pidamos esa ayuda. Pero aún así, si ya he empezado y te deniegan la ayuda no se continúa con la web y no pasa nada, al no ser que quieras que te de un presupuesto a parte para finalizarla.

Las características mínimas para que la web sea subencionable son:

  • Dominio nuevo a tu nombre si eres autónomo o a nombre de la empresa.
  • Hosting incluido el primer año en la ayuda.
  • Un mínimo de 3 url’s o páginas. Se considera página de una web a elementos como la página de incio, la de contacto, la de presentación de la empresa, etc..
  • Web responsive: que esté diseñada para adaptarse a cualquier dispositivo.
  • Accesibilidad: el diseño debe cumplir con criterios de conformidad de nivel AA de las Pautas WCAG-2.1.
  • Que sea autogestionable por ti, es decir que en caso de no querer, no tengas que necesitarme para llevar tu web. Esto con WordPress está cubierto ya que es un CMS autogestionable.
  • Que la web aparezca en google y tenga realizado un SEO básico.
  • Posicionamiento de la información básica del negocio, contacto y perfil de la empresa en los principales sites, redes de negocio o directorios de empresas y profesionales tales como facebook o linkedin

Si tu negocio tiene ya una web con todas las caracterísiticas mínimas que exige el programa Kit Digital no tienes derecho a esa ayuda. Otra cosa es que no cumpla alguna de esas características. Por ejemplo, si la web actual no es responsive ya tendrías derecho a una nueva web.

La ayuda se da para uno de los dos negocios. Puede ser que ya tengas una web antigua en uno de los negocios y que quieras una nueva para tu otro negocio porque no tiene o no cumpla todas las características mínimas de funcionalidad, en este caso sí podrías optar a esa ayuda.

El IVA por ley debe abonarlo el comprador y queda fuera de la ayuda.

Es imprenscindible que firmes digitalmente. No es válido con rública. Por lo que si no tienes firma digital es un buen momento para pedirla. Además te resultará muy útil y cómodo para otras gestiones que tengas con la Administración. Visita el portal de administración electrónica para informarte.

Contacta enseguida conmigo para tramitar la ayuda y empezar con tu web.

Formulario de contacto

"*" señala los campos obligatorios

Email*
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.